Artículo 287Causales de denegatoria de la autorización
Texto oficial
Serán causales para denegar la autorización para funcionar, las siguientes: 1. La existencia, en la vida interna de la entidad, de irreconciliables núcleos antagónicos que imposibiliten el cumplimiento de las finalidades de la entidad. 2. La existencia en los órganos de administración y de fiscalización, de miembros titulares o suplentes, afectados por inhabilidades o incompatibilidades legales o reglamentarias para revestir dichas calidades, o que se hallen sometidos a procesos judiciales que por su índole y estado impidan física o moralmente la permanencia de los afectados en los cargos en que fueron designados o arrojen objetivamente dudas fundadas sobre su idoneidad para desempeñarlos, en la medida que imposibilite su funcionamiento. 3. Que la entidad persiga directa o indirectamente finalidades lucrativas o tienda a reportar ventajas económicas para el fundador, los asociados o los integrantes de los órganos de administración y/o fiscalización o terceros. 4. Que el objeto sea contrario al interés general o al bien común. 5. Que la entidad se proponga subsistir exclusivamente de recursos económicos constituidos por aranceles que ingresen a ella por prestaciones de servicios que efectúe o por subsidios o donaciones del Estado. Situaciones especiales preexistentes
Qué significa en la práctica
Son causales para denegar la autorización para funcionar: la existencia en la vida interna de la entidad de núcleos antagónicos irreconciliables que imposibiliten cumplir sus finalidades; la presencia en los órganos de administración o fiscalización de miembros afectados por inhabilidades, incompatibilidades o procesos judiciales que impidan su permanencia o generen dudas fundadas sobre su idoneidad; que la entidad persiga directa o indirectamente finalidades lucrativas o ventajas económicas para el fundador, los asociados, los integrantes de los órganos o terceros; que el objeto sea contrario al interés general o al bien común; o que la entidad se proponga subsistir exclusivamente de aranceles por servicios o de subsidios o donaciones del Estado.