Qué significa en la práctica
Las denuncias deben presentarse por escrito, con patrocinio de abogado matriculado en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, y contener: los datos personales y el domicilio del denunciante y el domicilio procesal que constituya en la Ciudad de Buenos Aires; los datos de la entidad denunciada y, en su caso, de los integrantes de sus órganos de administración y fiscalización o representante a cuya actuación se extienda la denuncia; la relación circunstanciada de los hechos; la documentación que la abone; y las firmas del denunciante y su letrado. Si la promueve quien no es socio ni integrante de los órganos, debe acreditar su interés legítimo y el agotamiento de la vía interna cuando corresponda. Se presenta con copias para la entidad y para cada integrante involucrado.