Artículo 416Declaración jurada de cumplimiento (fiduciarios)
Texto oficial
Las personas humanas o jurídicas que actúen como fiduciarios, administradores y todo aquel que realice funciones propias del fiduciario, intermediarios, agentes de comercializadores y/o vendedores de valores fiduciarios, agentes de depósito, registro y/o pago de fideicomisos sujetos a inscripción ante esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, deberán presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. La declaración jurada deberá ser suscripta por el oficial de cumplimiento y en caso de no habérselo designado por el fiduciario o representante legal de este si fuera y certificada por escribano público. Deberá ser presentada junto a la documentación respaldatoria en caso de corresponder, conforme al modelo de declaración jurada incluido en el Anexo XII junto con el Formulario correspondiente ante este Organismo antes del último día hábil del mes de enero de cada año. Declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento. Asociaciones civiles con participación en torneos de fútbol de la Asociación del Fútbol Argentino
Qué significa en la práctica
Las personas humanas o jurídicas que actúen como fiduciarios, administradores, intermediarios, agentes de comercialización, depósito, registro y/o pago de fideicomisos sujetos a inscripción ante la IGJ deben presentar anualmente una declaración jurada sobre el estado de cumplimiento de la normativa de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, suscripta por el oficial de cumplimiento (o el fiduciario o representante legal si no se lo designó) y certificada por escribano, antes del último día hábil de enero de cada año.