Ley 15/2024

Artículo 5Presentaciones por el Sistema Online (canal digital)

Texto oficial

Las presentaciones ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA se realizan a través del Sistema Online de Documentación Abierta de IGJ (en adelante, «el Sistema»), para la recepción y gestión digital de trámites. Las presentaciones realizadas a través del Sistema producen los mismos efectos jurídicos que las presentaciones físicas que reemplazan. El acceso al Sistema se realiza mediante navegador web desde el sitio oficial del Organismo. La autenticación se efectúa con Clave Fiscal de ARCA de nivel 3 o superior, y opera como firma electrónica en los términos del artículo 5° de la Ley N.° 25.506 respecto de toda la documentación ingresada durante la sesión. La documentación se presenta bajo declaración jurada del presentante, quien asume responsabilidad por su autenticidad e integridad. El Sistema se implementa de manera progresiva. Se establecerán los tipos de trámite habilitados en cada etapa y la fecha a partir de la cual cada trámite será ingresado a través del Sistema. Los requisitos técnicos operativos —formatos de archivo, estándares de seguridad y protocolos de interoperabilidad— serán establecidos y actualizados mediante instructivo. Mientras un tipo de trámite no haya sido incorporado al Sistema o durante el período de convivencia, conservará el canal de tramitación vigente. (Artículo sustituido por art. 2º de la Resolución General Nº 7/2026 de la Inspección General de Justicia B.O. 1/7/2026. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. La efectiva tramitación de cada trámite a través del Sistema operará conforme el cronograma de incorporación previsto en el artículo 2°.) Formulario de actuación. Acuse de recibo. Expediente electrónico.

Qué significa en la práctica

Los trámites ante la IGJ se presentan por el Sistema Online de Documentación Abierta, y tienen los mismos efectos jurídicos que en papel. Te autenticás con Clave Fiscal de ARCA nivel 3 o superior, que funciona como firma electrónica, y todo se presenta bajo declaración jurada. El sistema se implementa de a poco: hasta que un trámite se incorpore, sigue el canal anterior. (Texto actualizado por la RG IGJ 7/2026.)

Normas relacionadas

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