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Art. 49
Ley Carta ONU
Artículo 49
Ayuda mutua en aplicación de medidas del Consejo
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Texto oficial
Los Miembros de las Naciones Unidas deberán prestarse ayuda mutua para llevar a cabo las medidas dispuestas por el Consejo de Seguridad.
Qué significa en la práctica
Los Estados miembros están obligados a cooperar entre sí para implementar las medidas ordenadas por el Consejo de Seguridad.
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