Artículo 1171Recurso de apelación de sentencia del TFN ante la Cámara
Texto oficial
Las partes podrán interponer recurso de ante la Cámara dentro de los treinta (30) días de notificárseles la del Tribunal Fiscal. No interpuesto el recurso, la pasará en autoridad de y deberá cumplirse dentro de los quince (15) días de quedar firme. Será competente la Cámara en cuya funcione la sede o la delegación permanente o móvil del Tribunal Fiscal de la Nación, según sea donde se ha radicado la causa. El plazo para apelar las sentencias recaídas en los recursos de será de diez (10) días.
Qué significa en la práctica
La ante la Cámara Federal debe interponerse en 30 días desde la . Sin , la es y debe cumplirse en 15 días de quedar firme. Para recursos de , el plazo de es de 10 días.
Efectos prácticos
•Plazo de apelación: 30 días (10 días en recursos de amparo)
•Sentencia firme no apelada: cosa juzgada a cumplir en 15 días
•Competencia de la Cámara según sede del TFN donde se radicó la causa