Ley 22.415

Artículo 295Fraccionamiento de mercadería en depósito de almacenamiento

Texto oficial

Podrá solicitarse el fraccionamiento de la mercadería sometida al régimen de depósito de almacenamiento si fuere necesario para su ulterior transferencia o destinación parcial, en la forma que determinare la reglamentación.

Qué significa en la práctica

La mercadería en depósito puede fraccionarse (dividirse en partes) para transferir o despachar sólo una parte de ella. La reglamentación establece el procedimiento para este fraccionamiento.

Efectos prácticos

  • Permite destinar parcialmente la mercadería sin necesidad de moverla toda
  • Facilita la comercialización por lotes de partidas de gran volumen

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