Artículo 318Medidas de control físico en el tránsito
Texto oficial
Con la finalidad prevista en el artículo 317, el servicio aduanero podrá disponer la utilización de sellos y precintos aduaneros, el empleo de custodia aduanera u otras medidas de control, siempre que fueren necesarios.
Qué significa en la práctica
Para asegurar la identidad de la mercadería en tránsito, la aduana puede usar sellos, precintos y/o custodia aduanera (escolta). Son medidas de control físico que dificultan la manipulación durante el transporte.
Efectos prácticos
•Los precintos son la medida más común para contenedores y vehículos de carga
•La custodia aduanera (policía aduanera en escolta) aplica para cargas de alto riesgo