Ley 22.415

Artículo 417Anuncio de mercadería sin titular, sin declarar o en rezago

Texto oficial

El servicio aduanero procederá a anunciar la existencia y situación jurídica de la mercadería durante TRES (3) días en el boletín de la repartición aduanera, indicando el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización, cuando: a) la mercadería hubiere arribado, cierta o presuntamente, al territorio aduanero como consecuencia de naufragio, echazón, accidente u otro siniestro acaecido durante su transporte, de conformidad con lo previsto en los artículos 180 y 184; b) no se solicitare, dentro del plazo correspondiente, alguna destinación aduanera definitiva o suspensiva para dicha mercadería, de conformidad con lo previsto en los artículos 199, 218 y 222; c) en el depósito o en cualquier otro lugar de la zona primaria aduanera se hallare mercadería respecto de la cual se desconociere su titular, de conformidad con los previsto en el artículo 214; d) no se solicitare, dentro del plazo correspondiente, una destinación aduanera de exportación, definitiva o suspensiva, o la restitución a plaza, según correspondiere, de la mercadería sometida al régimen de depósito provisorio de exportación, de conformidad con lo previsto en el artículo 398; e) no se solicitare, dentro del plazo correspondiente, alguna destinación aduanera para la mercadería que, en carácter de equipaje no acompañado, hubiere ingresado a depósito, de conformidad con lo previsto en el artículo 502; f) no se solicitare, dentro del plazo correspondiente, alguna destinación aduanera para la mercadería que, hallándose sometida al régimen de franquicia diplomática, hubiere ingresado a depósito provisorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 541.

Qué significa en la práctica

Cuando hay mercadería sin titular o sin destinación, la aduana la anuncia públicamente para que los interesados puedan reclamarla. La Ley de Rezago Aduanero redujo la publicación a 1 día en el Boletín Oficial.

Efectos prácticos

  • Rige para naufragios, vencimientos de plazo, mercadería sin titular y rezago
  • Publicación actual: 1 día en Boletín Oficial por Ley 25.603

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