Artículo 833Fuente de fondos para el pago de reintegros y reembolsos
Texto oficial
Los reintegros y los reembolsos previstos en este Capítulo se harán efectivos con cargo a los impuestos que determinare el Poder Ejecutivo y en forma en que éste dispusiere.
Qué significa en la práctica
A diferencia del drawback (que se paga con recaudación aduanera), los reintegros y reembolsos se financian con los impuestos que el Poder Ejecutivo designe, que pueden ser IVA, impuestos internos u otros. La forma de pago también la decide el PEN.
Efectos prácticos
•Los reintegros se pagan con fondos que el PEN asigna, históricamente vinculados a la recaudación de IVA y/o créditos fiscales