Ley 22.415

Artículo 833Fuente de fondos para el pago de reintegros y reembolsos

Texto oficial

Los reintegros y los reembolsos previstos en este Capítulo se harán efectivos con cargo a los impuestos que determinare el Poder Ejecutivo y en forma en que éste dispusiere.

Qué significa en la práctica

A diferencia del drawback (que se paga con recaudación aduanera), los reintegros y reembolsos se financian con los impuestos que el Poder Ejecutivo designe, que pueden ser IVA, impuestos internos u otros. La forma de pago también la decide el PEN.

Efectos prácticos

  • Los reintegros se pagan con fondos que el PEN asigna, históricamente vinculados a la recaudación de IVA y/o créditos fiscales

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