Artículo 912Concurso real: varios hechos independientes – penas acumuladas
Texto oficial
Cuando concurrieren varios hechos independientes, constitutivos de DOS (2) o más infracciones aduaneras, se impondrán las penas correspondientes a todas las figuras involucradas, salvo disposición especial en contrario.
Qué significa en la práctica
Si el infractor cometió múltiples infracciones independientes (distintos despachos, distintas operaciones), se acumulan todas las penas sin límite. No aplica el techo del Art. 911 porque son hechos distintos.
Efectos prácticos
•Dos declaraciones inexactas en dos despachos distintos generan dos multas separadas que se suman