Ley 22.415

Artículo 935Inicio del cómputo de la prescripción de la acción infraccional

Texto oficial

La de la acción a que se refiere el artículo 934, comienza a correr el primero de enero del año siguiente al de la fecha en que se hubiera cometido la infracción o, en caso de no poder precisársela, en la de su constatación.

Qué significa en la práctica

Los 5 años del Art. 934 no corren desde el día de la infracción sino desde el 1° de enero del año siguiente. Esto da un año adicional efectivo al Estado para tomar conocimiento e iniciar el sumario.

Efectos prácticos

  • Infracción cometida en junio 2020: la prescripción corre desde el 1/1/2021 y vence el 1/1/2026
  • Infracción cometida en diciembre 2020: la prescripción corre desde el 1/1/2021, mismo vencimiento que si fuera enero

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