Revocación. En los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del . Si la aceptación es posterior a la entrega del bien, el plazo debe comenzar a correr desde que esta última se produce. Si el plazo vence en día inhábil, se prorroga hasta el primer día hábil siguiente. Las cláusulas, pactos o cualquier modalidad aceptada por el durante este período que tengan por resultado la imposibilidad de ejercer el derecho de revocación se tienen por no escritos.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de revocación. En los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del .
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige revocación. En los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar la acepta