Artículo 1111Deber de informar el derecho a la revocación
Texto oficial
Deber de informar el derecho a la revocación. El proveedor debe informar al sobre la facultad de revocación mediante su inclusión en caracteres destacados en todo documento que presenta al en la etapa de negociaciones o en el documento que instrumenta el concluido, ubicada como disposición inmediatamente anterior a la firma del o usuario. El derecho de revocación no se extingue si el no ha sido informado debidamente sobre su derecho.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de deber de informar el derecho a la revocación. El proveedor debe informar al sobre la facultad de revocación mediante su inclusión en caracteres destacados en todo documento que presenta al en la etapa de negociaciones o en el documento que instrumenta el concluido, ubicada como disposición inme
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige deber de informar el derecho a la revocación. El proveedor debe informar al consumidor sobre la facultad de revocación mediante su inclusión en caracteres destacados en todo documento que presenta