Ley 26.994

Artículo 1128Obligación de vender

Texto oficial

de vender. Nadie está obligado a vender, excepto que se encuentre sometido a la necesidad jurídica de hacerlo. SECCION 2ª Cosa vendida

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de de vender. Nadie está obligado a vender, excepto que se encuentre sometido a la necesidad jurídica de hacerlo.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige obligación de vender. Nadie está obligado a vender, excepto que se encuentre sometido a la necesidad jurídica de hacerlo.

Normas relacionadas

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