Ley 26.994

Artículo 1158Plazo para reclamar por los defectos de las cosas

Texto oficial

Plazo para reclamar por los defectos de las cosas. Si la venta fue convenida mediante entrega a un transportista o a un tercero distinto del comprador y no ha habido inspección de la cosa, los plazos para reclamar por las diferencias de cantidad o por su no adecuación al se cuentan desde su recepción por el comprador.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de plazo para reclamar por los defectos de las cosas. Si la venta fue convenida mediante entrega a un transportista o a un tercero distinto del comprador y no ha habido inspección de la cosa, los plazos para reclamar por las diferencias de cantidad o por su no adecuación al se cuentan desde su recepción por el comprador.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige plazo para reclamar por los defectos de las cosas. Si la venta fue convenida mediante entrega a un transportista o a un tercero distinto del comprador y no ha habido inspección de la cosa, los plazos p

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