Ley 26.994

Artículo 1159Compraventa por junto

Texto oficial

por junto. Si la venta es por una cantidad de cosas 'por junto' el comprador no está obligado a recibir sólo una parte de ellas, excepto pacto en contrario. Si la recibe, la venta y transmisión del quedan firmes a su respecto.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de por junto. Si la venta es por una cantidad de cosas 'por junto' el comprador no está obligado a recibir sólo una parte de ellas, excepto pacto en contrario.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige compraventa por junto. Si la venta es por una cantidad de cosas 'por junto' el comprador no está obligado a recibir sólo una parte de ellas, excepto pacto en contrario.

Normas relacionadas

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