Caducidad de la fianza. Renovación. Las obligaciones del fiador cesan automáticamente al vencimiento del plazo de la , excepto la que derive de la no restitución en tiempo del inmueble locado. Se exige el consentimiento expreso del fiador para obligarse en la renovación o prórroga expresa o tácita, una vez vencido el plazo del de . Es nula toda disposición anticipada que extienda la fianza, sea simple, solidaria como codeudor o principal pagador, del de original.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de caducidad de la fianza. Renovación.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige caducidad de la fianza. Renovación.