Ley 26.994

Artículo 1443Nulidad

Texto oficial

. Si las partes son más de dos la del respecto de una de las partes no produce la entre las demás y el incumplimiento de una no excusa el de las otras, excepto que la prestación de aquella que ha incumplido o respecto de la cual el es nulo sea necesaria para la realización del objeto del .

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de . Si las partes son más de dos la del respecto de una de las partes no produce la entre las demás y el incumplimiento de una no excusa el de las otras, excepto que la prestación de aquella que ha incumplido o respecto de la cual el es nulo sea nece

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige nulidad. Si las partes son más de dos la nulidad del contrato respecto de una de las partes no produce la nulidad entre las demás y el incumplimiento de una no

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