Ley 26.994

Artículo 1607Resolución por falta de garantía

Texto oficial

Resolución por falta de garantía. Si el deudor de la renta no otorga la garantía a la que se obliga, o si la dada disminuye, quien entrega el capital o sus herederos pueden demandar la resolución del debiendo restituirse sólo el capital.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de resolución por falta de garantía. Si el deudor de la renta no otorga la garantía a la que se obliga, o si la dada disminuye, quien entrega el capital o sus herederos pueden demandar la resolución del debiendo restituirse sólo el capital.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige resolución por falta de garantía. Si el deudor de la renta no otorga la garantía a la que se obliga, o si la dada disminuye, quien entrega el capital o sus herederos pueden demandar la

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