Ley 26.994

Artículo 1814Irrevocabilidad

Texto oficial

Irrevocabilidad. La garantía unilateral es irrevocable a menos que se disponga en el acto de su creación que es revocable. CAPITULO 6 Títulos valores SECCION 1ª Disposiciones generales

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de irrevocabilidad. La garantía unilateral es irrevocable a menos que se disponga en el acto de su creación que es revocable.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige irrevocabilidad. La garantía unilateral es irrevocable a menos que se disponga en el acto de su creación que es revocable.

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