Ley 26.994

Artículo 1948Caza

Texto oficial

Caza. El animal salvaje o el domesticado que recupera su libertad natural, pertenece al cazador cuando lo toma o cae en su trampa. Mientras el cazador no desista de perseguir al animal que hirió tiene derecho a la presa, aunque otro la tome o caiga en su trampa. Pertenece al dueño del inmueble el animal cazado en él sin su autorización expresa o tácita.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de caza. El animal salvaje o el domesticado que recupera su libertad natural, pertenece al cazador cuando lo toma o cae en su trampa.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige caza. El animal salvaje o el domesticado que recupera su libertad natural, pertenece al cazador cuando lo toma o cae en su trampa.

Normas relacionadas

← Ver en Código Civil y Comercial completaCódigos