Ley 26.994

Artículo 2511Revocabilidad

Texto oficial

Revocabilidad. El es revocable a voluntad del testador y no confiere a los instituidos derecho alguno hasta la apertura de la . La facultad de revocar el o modificar sus disposiciones es irrenunciable e irrestringible.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de revocabilidad. El es revocable a voluntad del testador y no confiere a los instituidos derecho alguno hasta la apertura de la .

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige revocabilidad. El testamento es revocable a voluntad del testador y no confiere a los instituidos derecho alguno hasta la apertura de la sucesión.

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