Ley 26.994

Artículo 2553Oportunidad procesal para oponerla

Texto oficial

Oportunidad procesal para oponerla. La debe oponerse dentro del plazo para contestar la en los procesos de conocimiento, y para oponer excepciones en los procesos de ejecución. Los terceros interesados que comparecen al juicio vencidos los términos aplicables a las partes, deben hacerlo en su primera presentación. CAPITULO 2 SECCION 1ª Comienzo del cómputo

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de oportunidad procesal para oponerla. La debe oponerse dentro del plazo para contestar la en los procesos de conocimiento, y para oponer excepciones en los procesos de ejecución.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige oportunidad procesal para oponerla. La prescripción debe oponerse dentro del plazo para contestar la demanda en los procesos de conocimiento, y para oponer excepciones en los procesos de ejecución.

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