Ley 26.994

Artículo 798Disminución proporcional

Texto oficial

Disminución proporcional. Si el deudor cumple sólo una parte de la , o la cumple de un modo irregular, o fuera del lugar o del tiempo a que se obligó, y el acreedor la acepta, la pena debe disminuirse proporcionalmente.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de disminución proporcional. Si el deudor cumple sólo una parte de la , o la cumple de un modo irregular, o fuera del lugar o del tiempo a que se obligó, y el acreedor la acepta, la pena debe disminuirse proporcionalmente.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige disminución proporcional. Si el deudor cumple sólo una parte de la obligación, o la cumple de un modo irregular, o fuera del lugar o del tiempo a que se obligó, y el acreedor l

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