Ley 26.994

Artículo 836Extinción absoluta de la solidaridad

Texto oficial

Extinción absoluta de la . Si el acreedor, sin renunciar al crédito, renuncia expresamente a la en beneficio de todos los deudores solidarios, consintiendo la división de la deuda, ésta se transforma en simplemente mancomunada.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de extinción absoluta de la . Si el acreedor, sin renunciar al crédito, renuncia expresamente a la en beneficio de todos los deudores solidarios, consintiendo la división de la deuda, ésta se transforma en simplemente mancomunada.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige extinción absoluta de la solidaridad. Si el acreedor, sin renunciar al crédito, renuncia expresamente a la solidaridad en beneficio de todos los deudores solidarios, consintiendo la divisi

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