Ley 0

Artículo 9Libertad de prensa

Texto oficial

Es inviolable la libertad de publicar las ideas que no resulten atentatorias de la moral pública y las buenas costumbres. En los juicios originados por el abuso de esta libertad, sólo podrán imputarse hechos constitutivos de delitos comunes. No se podrán secuestrar la imprenta y sus accesorios como instrumentos del durante la tramitación de los procesos. Toda persona afectada en su reputación por una publicación, podra exigir que se publique sin cargo alguno su contestación en la misma. El juez más proximo de cualquier será competente para ordenarlo.

Qué significa en la práctica

Garantiza la libertad de publicar las ideas, con el límite de la moral y las buenas costumbres.

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