Ley 0

Artículo 113Sostenimiento de la acusación

Texto oficial

Admitida la acusación por la sala acusadora, ésta nombrará una comisión de tres de sus miembros para que la sostenga ante la segunda sala constituida en tribunal de , previo juramento prestado ante su presidente.

Qué significa en la práctica

Admitida la acusación, la sala nombra una comisión de tres miembros para sostenerla.

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