Ley 0

Artículo 111Plazo de la comisión investigadora

Texto oficial

La comisión investigadora practicará las diligencias en el término perentorio de cuarenta días y presentará el dictamen a la sala acusadora que podrá aceptarlo o rechazarlo, necesitando dos tercios de los votos de sus miembros presentes cuando fuere favorable a la acusación.

Qué significa en la práctica

La comisión investigadora practica las diligencias en cuarenta días y presenta dictamen.

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