Ley 0

Artículo 131Control de los pagos

Texto oficial

Sin perjuicio de lo que disponga la ley, la Contaduría no prestará su conformidad a pago alguno que no esté autorizado por la ley general de presupuesto o por leyes especiales. La Tesorería no podrá ejecutar pago alguno que no haya sido previamente autorizado por la Contaduría.

Qué significa en la práctica

La Contaduría no presta conformidad a pago no autorizado por ley o presupuesto.

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