Ley 0

Artículo 179Validez del referéndum

Texto oficial

Para que un referéndum se considere válido, se requiere que los votos emitidos hayan sobrepasado el cincuenta por ciento de los electores inscriptos en el registro cívico provincial. Firmantes Adonai Enrique Vieira Convencional Constituyente Mario Losada, Presidente de la H. Convención Constituyente CLAUSULAS TRANSITORIAS

Qué significa en la práctica

El referéndum es válido si los votos emitidos superan el cincuenta por ciento del padrón.

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