Ley 0

Artículo 33Organización gremial

Texto oficial

En la Provincia los gremios podrán organizarse libre y democráticamente sin más requisitos que la inscripción en un registro especial; podrán concertar contratos colectivos de trabajo y recurrir a la y .

Qué significa en la práctica

Los gremios pueden organizarse libre y democráticamente con su inscripción en un registro.

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