Ley 0

Artículo 106Efectos del fallo

Texto oficial

El fallo del Senado, en estos casos, no tiene más efecto que destituir al acusado y aún declararlo incapaz de ocupar puestos de honor o a de la Provincia. Ningún acusado puede ser declarado culpable sin una mayoría de los dos tercios de votos de los miembros presentes. Debe votarse en estos casos nominalmente y registrarse en el acta de sesiones el voto de cada Senador.

Qué significa en la práctica

El fallo del Senado solo destituye al acusado y puede inhabilitarlo.

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