Ley 0

Artículo 180Inmunidades municipales

Texto oficial

INCOMPATIBILIDADES. El Intendente, los concejales y los convencionales municipales no pueden ser acusados, procesados, interrogados judicialmente, molestados ni reconvenidos por autoridad alguna, por las opiniones o votos que hayan emitido en el desempeño de sus cargos. Tienen iguales incompatibilidades que los legisladores, no siendo aplicables las disposiciones sobre licencias.

Qué significa en la práctica

El Intendente, los concejales y convencionales municipales no pueden ser acusados por sus opiniones.

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