Ley 0

Artículo 141Autonomía municipal

Texto oficial

Esta Constitución reconoce autonomía política, administrativa, económica y financiera a todos los municipios. Aquellos que dicten su Carta Orgánica Municipal, gozarán además de autonomía institucional. La que aqui se reconoce no podrá ser limitada por ley ni autoridad alguna.

Qué significa en la práctica

Reconoce autonomía política, administrativa, económica y financiera a todos los municipios.

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