Ley 0

Artículo 103Inasistencia de los legisladores

Texto oficial

La inasistencia injustificada de un legislador al cincuenta por ciento de las sesiones y de las reuniones de comisión en un año calendario ocasionará la revocación del de pleno derecho.

Qué significa en la práctica

Regula las consecuencias de la inasistencia injustificada de un legislador.

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