Ley 0

Artículo 88Espectro de frecuencias

Texto oficial

El espectro de frecuencia es un recurso natural de público. La Provincia, en uso de su autonomía, se reserva el derecho a legislar en materia de radiodifusión y televisión. Los modelos de comunicación tendrán en cuenta la afirmación de la integración y autonomía provinciales.

Qué significa en la práctica

El espectro de frecuencias es un recurso natural de público.

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