Ley 0

Artículo 136Administración de los fondos municipales

Texto oficial

Los fondos municipales no serán administrados por otra autoridad que los funcionarios del municipio. Salvo caso de , los gastos a realizarse en obras y prestación de servicios, nunca podrán ser inferiores a un treinta por ciento del total de recursos previsto en el presupuesto de cada municipio.

Qué significa en la práctica

Los fondos municipales solo son administrados por los funcionarios del municipio.

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