Artículo 136Administración de los fondos municipales
Texto oficial
Los fondos municipales no serán administrados por otra autoridad que los funcionarios del municipio. Salvo caso de , los gastos a realizarse en obras y prestación de servicios, nunca podrán ser inferiores a un treinta por ciento del total de recursos previsto en el presupuesto de cada municipio.
Qué significa en la práctica
Los fondos municipales solo son administrados por los funcionarios del municipio.