Ley 0

Artículo 163Transitoria: Ley de Acefalía

Texto oficial

La Legislatura deberá dictar la Ley de Acefalía dentro de los ciento veinte días de sancionada la presente Constitución.

Qué significa en la práctica

La Legislatura debe dictar la Ley de Acefalía en ciento veinte días.

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