Ley 0

Artículo 28Non bis in idem

Texto oficial

Nadie puede ser perseguido judicialmente más de una vez por el mismo , ni bajo pretexto alguno podrán suscitarse nuevos pleitos fenecidos por ejecutoriada, salvo el caso de revisión.

Qué significa en la práctica

Nadie puede ser perseguido más de una vez por el mismo .

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