Ley 0

Artículo 87Poder Ejecutivo

Texto oficial

El Poder Ejecutivo de la Provincia será ejercido por un ciudadano con el título de Gobernador. En las mismas elecciones se elegirá un Vicegobernador quien será el reemplazante natural.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo lo ejerce el Gobernador, con un Vicegobernador elegido en las mismas elecciones.

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