Medidas . A los fines de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento, la podrá, o a pedido de parte, y en cualquier estado del procedimiento, solicitar al juez competente el dictado de medidas para asegurar el cumplimiento de condiciones que establezca u ordenar el cese o la abstención de las conductas que correspondan, incluidas la adopción de comportamientos positivos y cualesquiera otras que contribuyan a preservar la lealtad afectada.
Qué significa en la práctica
La autoridad puede pedir al juez medidas en cualquier estado del procedimiento para evitar o reducir un daño (por ejemplo, ordenar el cese de conductas).