Diligencias preliminares. Si el denunciante o la tuvieren motivos justificados para temer que la producción de sus pruebas pudiera resultar imposible o muy dificultosa durante el período probatorio, podrán solicitar o bien determinarse , que se produzcan anticipadamente las siguientes:
1) Declaración de testigos.
2) Constatación de la existencia de documentos, o el estado, calidad o condición de cosas o de lugares.
3) Pedido de informes.
4) Exhibición, resguardo o secuestro de documentos concernientes al objeto del procedimiento a iniciarse.
Qué significa en la práctica
Permite producir prueba anticipada (testigos, constataciones, informes, secuestro de documentos) cuando se teme que después sea imposible o muy difícil obtenerla.