Sustitúyese el Art. 24 — Ley de Warrants por el siguiente: “ARTÍCULO 24.- El Poder Ejecutivo inspeccionará las empresas incluidas en el registro de empresas emisoras de “warrants” a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones consignadas en esta ley o dejar sin efecto, la inscripción prevista en el artículo 2°.”
Qué significa en la práctica
Actualiza el Art. 24 — Ley de Warrants (9.643): el Poder Ejecutivo inspecciona a las empresas emisoras de warrants para asegurar el cumplimiento de la ley.