Ley 70/2023

Artículo 351Derogación de artículos del Decreto-Ley 6582/58 (Registro Automotor)

Texto oficial

Deróganse los artículos 11, 12 y 21 del Decreto-Regimen Juridico del Automotor (Decreto-Ley 6582/58)/58 ratificado por la Ley 14.467 (t.o. 1997) y sus modificatorias.

Qué significa en la práctica

Deroga los Art. 11, 12 y 21 del Regimen Juridico del Automotor (Decreto-Ley 6582/58) (Decreto-Regimen Juridico del Automotor (Decreto-Ley 6582/58)/58), eliminando requisitos del registro automotor.

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