descanso semanal
Definición
Período ininterrumpido de al menos 35 horas que el trabajador tiene derecho a gozar entre el cese del trabajo del sábado a las 13 hs. y el comienzo del lunes. En actividades habilitadas para trabajar ese período (comercio, gastronomía, sanidad), el trabajador tiene derecho a una compensación especial.
Ejemplo práctico
Un trabajador de supermercado que trabaja el domingo tiene derecho a un descanso compensatorio y, si no se lo otorgan, a cobrar el día con el recargo del 100%.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa "descanso semanal" en derecho?
Período ininterrumpido de al menos 35 horas que el trabajador tiene derecho a gozar entre el cese del trabajo del sábado a las 13 hs. y el comienzo del lunes. En actividades habilitadas para trabajar ese período (comercio, gastronomía, sanidad), el trabajador tiene derecho a una compensación especial.
¿Podés dar un ejemplo de descanso semanal?
Un trabajador de supermercado que trabaja el domingo tiene derecho a un descanso compensatorio y, si no se lo otorgan, a cobrar el día con el recargo del 100%.
¿Qué normas se relacionan con descanso semanal?
Descanso semanal se vincula con: art. 204 LCT.