El Poder Ejecutivo determinará y reglamentará en la forma más conveniente, la emisión de las especies fabricadas, ya sea por medio de la Casa de Moneda, de la Tesorería General, de los Bancos y otras reparticiones de las administraciones nacionales.
Qué significa en la práctica
Faculta al Poder Ejecutivo a reglamentar cómo se emiten y ponen en circulación las monedas, a través de la Casa de Moneda, la Tesorería, los bancos y demás reparticiones.