Ley 1.130

Artículo 9Retiro de la moneda de plata extranjera

Texto oficial

El Poder Ejecutivo recogerá las monedas de plata extranjeras; pagando únicamente la cantidad de fino que contengan con arreglo a la unidad monetaria creada por esta ley.

Qué significa en la práctica

El Estado retiraría la moneda de plata extranjera, pagando solo por el contenido de plata fina según el valor de la nueva unidad monetaria.

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