Cuando la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS solicitare preventivo por la cantidad que presumiblemente adeuden los contribuyentes, podrá incluir en dicha cantidad la actualización presuntiva correspondiente a la misma, sin perjuicio de la determinación posterior del impuesto y de la actualización adeudada.
Reclamo administrativo.
Qué significa en la práctica
Regula la actualización cuando la administración fiscal solicita .