Ley 11.683

Artículo 189Cuestiones previas

Texto oficial

Si la decidiera cuestiones previas que no ponen fin al litigio, la posibilidad de apelarla quedará postergada hasta el momento de apelarse la definitiva.

Qué significa en la práctica

Regula las sentencias que deciden cuestiones previas sin poner fin al litigio.

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